Aguinaldo 2026: cuánto te toca, cuánto está exento y el Buen Fin

Por Anabel Beltrán

Noviembre es el mes en que muchas familias empiezan a hacer cuentas con el aguinaldo, y este año la pregunta llega antes por El Buen Fin, que se realizará del 13 al 17 de noviembre de 2026. Antes de decidir en qué gastarlo, conviene saber cuánto te corresponde, qué parte queda libre de impuestos y cuándo debe llegar.

Qué dice la ley

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que las personas trabajadoras tienen derecho a un aguinaldo anual equivalente a por lo menos 15 días de salario, que debe pagarse antes del 20 de diciembre. Es un mínimo: muchas empresas y contratos colectivos otorgan más días. Quien no haya trabajado el año completo tiene derecho a la parte proporcional del tiempo laborado, sin importar si sigue o no en la empresa.

Cómo calcularlo

La fórmula básica es sencilla: divide tu salario mensual entre 30 para obtener tu salario diario y multiplícalo por los días de aguinaldo que te correspondan. Si trabajaste menos de un año, divide esos días entre 365 y multiplícalos por los días laborados.

Un ejemplo: con un salario diario de 400 pesos y 15 días de aguinaldo, el monto bruto es de 6 mil pesos. Si entraste a trabajar a mitad de año y llevas 183 días, te tocarían alrededor de 7.5 días, es decir, unos 3 mil pesos.

La parte exenta de ISR

La Ley del Impuesto sobre la Renta exenta el aguinaldo hasta por el equivalente a 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). El INEGI fijó la UMA diaria de 2026 en 117.31 pesos, vigente desde el 1 de febrero, de modo que el límite exento este año es de 3 mil 519.30 pesos.

Si tu aguinaldo no rebasa esa cantidad, lo recibes completo, sin retención. Si es mayor, solo el excedente se suma a tus ingresos gravables del mes y sobre él se calcula la retención. En el ejemplo anterior, de los 6 mil pesos, 3 mil 519.30 estarían exentos y 2 mil 480.70 serían la base gravable. La retención exacta depende de tu salario y del cálculo de nómina de tu empleador, por lo que revisa tu recibo.

¿Me lo pueden adelantar para el Buen Fin?

La ley no obliga a las empresas a adelantar el aguinaldo por El Buen Fin. Un pago anticipado solo ocurre si el empleador lo decide, si así está pactado en un contrato o si forma parte de su política interna. Lo que sí es obligatorio es que lo recibas, completo, antes del 20 de diciembre; si no ocurre, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo para recibir orientación gratuita.

Un plan antes de gastar

Una regla útil es dividir el aguinaldo antes de tenerlo en la mano. Primero, separa lo necesario para gastos fijos de diciembre y enero, como renta, colegiaturas o el predial que llega a inicios de año. Después, destina una parte a reducir deudas caras, en especial saldos de tarjetas de crédito, cuyo costo supera con mucho cualquier rendimiento del ahorro. Solo lo que sobre debería ir a compras.

Si planeas aprovechar El Buen Fin, haz tu lista desde ahora y anota el precio actual de lo que quieres comprar. La Procuraduría Federal del Consumidor recomienda comparar precios antes y durante la temporada para verificar que las ofertas sean descuentos reales y no precios inflados previamente. También conviene revisar el costo total de los meses sin intereses: comprometer pagos durante 2027 reduce tu margen para imprevistos.

Cuidado con los cargos que no ves

Muchas compras a meses se acumulan sin que lo notes. Antes de pagar, suma las mensualidades que ya tienes y verifica que, con la nueva, no superen una porción manejable de tu ingreso. Y si algo sale mal con una compra, guarda tickets, capturas de pantalla de la oferta y comprobantes: son la base de cualquier queja ante Profeco.

El aguinaldo puede ser un respiro o el inicio de una cuesta de enero más pesada. La diferencia suele estar en hacer el plan antes de que llegue el depósito. Esta nota es informativa y no sustituye la asesoría de un especialista.

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